viernes, 29 de noviembre de 2013

LENIN (JEFATURA IV)







DISCURSO DE RESUMEN DE LA DISCUSIÓN SOBRE EL INFORME DEL COMITÉ CENTRAL

LENIN

IX CONGRESO DEL PC DE RUSIA
(30 de marzo de 1920)


Pero escuchad lo que escribe el camarada Tomski:

            « El principio fundamental en la estructura de los organismos  que regulan y dirigen la industria, único capaz de asegurar la participación de las grandes masas obreras sin partido a través de los  sindicatos, es el principio existente actualmente de dirección colectiva de la industria, desde el Presídium del Consejo Superior de Economia Nacional hasta la administración de la fábrica inclusive. Sólo en casos especiales, por acuerdo mutuo de los Presidiums del Consejo Superior de Economía Nacional y del Consejo Central de los Sindicatos de toda Rusia o de los Comités Centrales de los sindicatos correspondientes, debe admitirse la dirección unipersonal de las empresas, con la condición ineludible de que los sindicatos y sus organismos controlen  a los administradores individuales. Para asegurar la unidad del plan de edificación económica y la Coordinación en la actividad de los sindicatos y de los organismos económicos, la participación de los sindicatos en la dirección de la industria y en su regulación debe basarse en los siguientes principios:

a) los problemas generales de la política económica los discuten el CSEN y sus organismos con participación de los sindicatos; b) los cuerpos colegiados dirigentes de la economía los forman el CSEN y sus organismos junto con los organismos correspondientes de los Sindicatos; c) los cuerpos colegiados de los organismos económicos, al discutir junto con los sindicatos los problemas generales de la política económica de una u otra rama de la producción y al rendirles cuenta periódicamente de su actividad, son sólo organismos del CSEN y tienen el deber de cumplir únicamente sus disposiciones; todos los cuerpos colegiados de los organismos económicos tienen el deber de llevar a la práctica de manera absoluta las disposiciones de los organismos superiores del CSEN personal y colectivamente, respondiendo de su  cumplimiento sólo ante el CSEN»

            Esto es un embrollo espantoso de problemas teóricos elementales.

            Es cierto que la dirección se efectúa a través del administrador individual, mas quién será ese administrador - un especialista o un obrero -dependerá del número de administradores que tengamos del viejo y del nuevo régimen. Pero eso son cuestiones teóricas elementales. Hablemos de ello. Si queréis discutir la línea política del CC, no intentéis atribuirnos nada que ni hemos planteado ni hemos dicho. El 2 de marzo exhortamos a los camaradas a proporcionarnos refuerzos prácticos, pero ¿qué hemos recibido como respuesta?  En respuesta, los camaradas de las localidades nos ofrecen cosas teóricas inexactas a sabiendas. En las tesis de los camaradas Osinski, Maximovski y Saprónov, que aparecieron el 23 de marzo, todo es una tergiversación teórica completa. Dicen en ellas que la dirección colectiva es, en una forma o en otra, la base indispensable de la democracia. Yo afirmo que en quince años de historia prerrevolucionaria de la socialdemocracia no encontrareis nada parecido. El centralismo democrático significa únicamente que los representantes locales se reúnen y eligen el organismo responsable que debe dirigir. Pero ¿cómo? Eso depende de la cantidad de hombres idóneos de cuántos administradores buenos haya allí. El centralismo democrático consiste en que el Congreso comprueba la actividad del CC, lo destituye y nombra otro nuevo. Pero si se nos ocurriera comprobar las inexactitudes teóricas escritas en esas tesis, no acabaríamos nunca. Yo a decir verdad, no me referiré más a esto y diré solamente que el CC ha adoptado ante este problema la actitud que no se podía dejar de adoptar. Sé perfectamente que el camarada Osinski y otros no comparten las opiniones de los adeptos de Majnó y Majáev, pero los majnovistas no pueden dejar de agarrarse a sus argumentos. Están ligados a ellos. Tomad las tesis del Comité Provincial de Moscú, que nos han sido entregadas. En ellas se dice que en la sociedad socialista desarrollada, en la que desaparecerá la división social del trabajo y la sujeción de las personas a las profesiones, la sustitución periódica de quienes desempeñan por turno funciones administrativas sólo será posible sobre la base de una amplia colegialidad, etc., etc. ¡Todo eso es un embrollo completo!





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